Precios de transferencia en Chile

Precios de transferencia en Chile

El Artículo 41º E de la Ley de Impuesto a la Renta de Chile, regula este relevante tema de tributación internacional inspirado en las directrices impartidas por la OCDE. En su tercer párrafo contiene la definición del Principio Arm’s Length o de Plena Competencia estableciendo lo siguiente:

Se entenderá por precios, valores o rentabilidades normales de mercado los que hayan o habrían acordado u obtenido partes independientes en operaciones y circunstancias comparables (…)”

Según la regulación vigente, el SII podría impugnar los PRECIOS, VALORES, O RENTABILIDADES de:

Z

transacciones realizadas con partes relacionadas en el extranjero.

Z

Transacciones derivadas de reestructuraciones y reorganizaciones de negocio que impliquen el traslado de bienes o actividades capaces de generar renta imponible;

Z

transacciones llevadas a cabo con entidades ubicadas en paraísos fiscales o en países que tienen regímenes fiscales preferenciales con los cuales Chile no tiene un acuerdo de intercambio de información.

Normas de relación

Métodos de precio de transferencia

Ajustes de precios de transferencia

Declaración Jurada 1907

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